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Expulsión de extranjeros: la nueva agenda que se toma a la CAJ

Por Graciela Rodríguez Vallejos

Abogada Auxiliar. Oficina Penal Infraccional. Concepción Centro.

Nuestro país ha sido actor en distintos procesos migratorios a través de su historia desde la época de la colonización. Mientras en el siglo XX contribuyeron a la formación de nuestra nación inmigrantes europeos como croatas, italianos, ingleses, alemanes, griegos, etc, en tiempos actuales lo son ciudadanos de países latinoamericanos que ven en Chile un país estable y próspero, muy atractivo para superar los niveles de pobreza y subdesarrollo que, en algunos casos, llegan a ser dramáticos.

En la última década Chile ha acogido un gran número de inmigrantes, principalmente venezolanos, haitianos, peruanos, bolivianos y colombianos, y otros en menor número como cubanos y ecuatorianos. Según datos del Departamento de Extranjería y Migración la población inmigrante en este período se quintuplicó, alcanzando aproximadamente 1.5 millones de extranjeros en en país.

Chile ha adoptado como decisión política histórica una postura de “puertas abiertas” respecto del fenómeno migratorio, razón por la cual el aparato estatal debe hacerse responsable de las múltiples necesidades que este grupo humano demanda. Consecuencia de lo anterior es que la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) ha asumido un rol relevante adquiriendo, en consecuencia, responsabilidades dentro del marco de nuestras atribuciones y funciones con miras a satisfacer, quizás uno de los mayores anhelos de todo ser humano: acceso a la Justicia.

En ese contexto las CAJs ponen a disposición de los interesados diversas herramientas de ayuda en sus múltiples líneas de acción. Posibilitando así una respuesta eficaz a los múltiples requerimientos de toda persona que lo demande, tanto chilenas como extranjeras.

Algunas de las gestiones que se pueden desarrollar en nuestra institución son Penal Infraccional (derechos de consumidor, negligencias médicas, infracción a la ley de tránsito, eliminación de antecedentes penales, copropiedad, etc); Familia (relación directa y regular, alimentos, divorcios, cumplimiento, etc); Civil (indemnización de perjuicios, juicios ejecutivos, arrendamiento, juicio ordinario, ley samudio, etc); Laboral (despido injustificado, tutelas, etc); Atención de Víctimas (delitos, sexuales, violencia intrafamiliar en materia penal, etc); Oficina de Niños, Niñas y Adolescentes (asumir defensa de niños que se encuentran en residencias del Sename); Adulto Mayor (vulneración, discriminación por el hecho de ser adulto mayores) y, ahora, a partir de la nueva legislación, será materia obligatoria Extranjería y Migración. 

En este contexto es que la CAJ, desde el año 2019 de manera proactiva, aborda distintas cuestiones vinculadas al derecho de los migrantes desde materias relacionadas con expulsiones de extranjeros ilegales, presentando los primeros Recursos de Amparo en busca de declarar contrarias a derecho y/o arbitrarias las expulsiones decretadas por la autoridad administrativa en aquellos casos que no se cumplía con el debido proceso.

Han sido los propios inmigrantes, a través de sus distintas organizaciones, quienes nos han convocado a asumir este desafío profesional como institución.  

Lo anterior ha acarreado, evidentemente, un incremento de usuarios ya que la cantidad de extranjeros con orden de expulsión y/o con temas de regularización pendiente, cualquiera sea su forma de ingreso a nuestro país, han aumentado en gran cantidad por cuanto, en particular las autoridades de turno, han llevado adelante una política institucionalizada de deportaciones masivas como instrumento de regulación para la llamada “ Inmigración ilegal”, sin tener en consideración que con ello se vulneran importantes garantías humanitarias, reconocidas a través de diversos convenios internacionales suscritas por nuestro país. Una de las circunstancias más violentas que importan acciones como la deportación masiva es que el afectado que vuelve a su país de origen es considerado en este un traidor, con todas las consecuencias legales, sociales y de seguridad personal.

Frente a nuestra legislación del año 1975, podemos decir que el actual incremento de usuarios se ha profundizado con la nueva ley de Migración 21.325 que, en su artículo 8 transitorio plenamente vigente, otorga un plazo de 180 días para regularizar la situación migratoria, antes de ser obligado a abandonar el país sin sanciones ni multas, con la posibilidad de volver a ingresar, pero de manera legal.

En la práctica, hablando de personas que dejan una vida en su país de origen y que se les obliga nuevamente a regresar a ellos sin un apoyo para recomenzar en condiciones mínimamente dignas, finalmente se ven enfrentadas a expulsiones que los exponen a peores condiciones que aquellas que originalmente los llevaron a tomar la decisión de abandonar su país.

Todo lo anterior adquiere un nivel de extrema gravedad, cuando, producto de este modus operandi de deportaciones masivas “individuales”, se producen separaciones familiares, generando un drama humano respecto del cual la regularización actual no contempla solución alguna. Las deportaciones no involucran al núcleo familiar, por lo que eventualmente nos vemos enfrentados a madres expulsadas que se quedan con sus hijos en Chile debiendo ellos luchar para salir adelante con aún mayores limitaciones por la falta de apoyo que, en algunos casos, se ve aún más complicada por la barrera idiomática.

Debemos señalar que las materias relacionadas con migración son de reciente estudio en Chile y, por lo mismo, de una permanente evolución. Esto nos obliga a estar permanentemente atentos a los cambios del marco regulatorio. Por lo mismo, es menester entregar a los funcionarios de las CAJs las herramientas necesarias para entregar un servicio de calidad a los inmigrantes a quienes se les puedan estar vulnerando sus derechos.

En la mediada que nuestros funcionarios tengan el conocimiento y las herramientas apropiadas es que podremos atender satisfactoriamente a nuestros usuarios inmigrantes ante eventuales vulneraciones de derechos por parte del Estado de Chile.

Por esto es necesario invitar a los trabajadores de las CAJs a involucrarse y empatizar con este nuevo desafío profesional, el cual demanda estudio por tratarse de materias nuevas, como también desplegar otras habilidades profesionales en post del fin último que nos convoca como es el acceso a la Justicia. Esto requiere de parte de nuestra institucionalidad mayor compromiso para, a través de capacitaciones y contratación de nuevos profesionales, se sigan desarrollando iniciativas tendientes a que este deber de amparo y protección por parte de la CAJ se materialice, como es su compromiso.